Baltasar Garzón Real: un sujeto sin escrúpulos y exdelincuente
“Garzón vuelve a la judicatura porque Felipe no le hizo ministro del Interior, y algo más, que era lo que Garzón quería. Y retoma un sumario contra el Ministerio del Interior, del que él había salido.
Hay
un hecho histórico que Felipe González me ha autorizado a contar sobre el
secuestro de Segundo Marey. Ese sumario sabíamos que era una bomba de relojería
en los cimientos del PSOE. Garzón lo tuvo en su despacho durante diez años y,
como le apetecía ir a la política en el 93, cuando estaba a punto de que
prescribiera, le dijo a Amedo y a Domínguez y al propio Felipe que no se
preocuparan, que aquello iba a quedar zanjado. Se fue a la política, no obtuvo
lo que su patológica vanidad pretendía y regresó a la judicatura utilizando el
caso Marey como venganza, en vez de abstenerse en su instrucción”. El
socialista y ex fiscal general del Estado, Eligio Hernández Gutiérrez. El Día
(Tenerife), 25 de abril de 2010, p. 58.
En
las elecciones generales del 6 de junio de 1993 el sujeto iba como número 2 en
la lista del PSOE, y a decir verdad y dada la situación de la oposición, más
que entrar en política lo que entraba era en el Gobierno, porque si bien se
esperaba que el PSOE no iba a sacar mayoría absoluta si que iba a ser la lista
más votada. Al final el PSOE obtuvo 159 escaños de 350, lo que le facilitó
gobernar en minoría hasta marzo de 1996.
Durante
la campaña electoral el sujeto afirmó: “La intolerancia se ha adueñado de la
derecha”. ABC, 31 de mayo de 1993, p. 22. Con su entrada en política el sujeto
adquiría la condición de partidista, y además se permitía el capricho de
descalificar y faltar al respeto a casi media España.
(Indudablemente
que cualquier persona es muy libre de entrar en la política. Una persona
privada puede dejar su actividad y pasarse a la política, si luego retorna a su
antiguo trabajo es problema de quien le paga el suelo y de la confianza y
crédito ético y moral que los demás quieran darle. El caso de los funcionarios
o servidores públicos es diferente, como personas que son pueden abandonar su
actividad y entrar en política; pero jamás deberían volver a ser servidores
públicos, unos sujetos que han tomado partido y que ahora vuelven como si nada
para que todos -sus contrarios ideológicos también- les sigan pagando su nómina
fija de por vida).
Un
sujeto al que Tribunal Europeo de Derecho Humanos ha calificado de parcial a la
hora de hacer justicia: “125. (…) no cumplía las condiciones de imparcialidad
impuestas por el artículo 6 del Convenio”. Sentencia del Tribunal Europeo de
Derechos Humanos, 1 de diciembre de 2009 y publicada el 6 de enero de 2010:
Tribunal Europeo de Derechos Humanos- Colegio de Abogados de Madrid, icam.es.
"Según indicaron fuentes del Tribunal de Estrasburgo a Efe, es la primera
vez que el artículo 6.1 se aplica a un juez de instrucción": El Mundo.es,
6 de enero de 2010.
El
País.com, 3 de agosto de 2010, el sujeto ha afirmado:
“Ninguna
sociedad se ha roto por investigar los crímenes del pasado”. Conociendo su
parcialidad y falta de escrúpulos al juzgar la ruptura está asegurada.
“Si
los países no son capaces de actuar hacia atrás con la fuerza de la Justicia,
el futuro de esos pueblos está en entredicho”. El único que está en entredicho
es él, y además, le demostraré que es él quien no sabe o no quiere actuar hacia
atrás.
“Creo
que la acción de la justicia nunca es peligrosa”. Cuando está en manos como las
de este sujeto no es peligrosa es peligrosísima.
Y
en El Mundo.es añade: “Los crímenes internacionales, de lesa humanidad,
genocidio, están excluidos de aquellas normas de perdón (…)”. Aquí queremos
llegar, al genocidio.
Según
la Convención para la Prevención y la Sanación del Delito de Genocidio.
Asamblea General, resolución 260 A (III), de 9 de diciembre de 1948, en vigor
desde el 12 de enero de 1951 y ratificado por España, BOE nº. 34 de 8 de
febrero de 1969:
Artículo
I. Las Partes contratantes confirman que el genocidio, ya sea cometido en
tiempo de paz o en tiempo de guerra, es un delito de derecho internacional que
ellas se comprometen a prevenir y a sancionar.
Artículo
II. En la presente Convención, se entiende por genocidio cualquiera de los
actos mencionados a continuación, perpetrados con la intención de destruir,
total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, racial o religioso como tal:
a)
Matanza de miembros del grupo.
Artículo
III. Serán castigados los actos siguientes:
a)
El genocidio.
b)
La asociación para cometer genocidio.
c)
La instigación directa y pública a cometer genocidio.
Cuando
el sujeto sin escrúpulos está pensando en genocidio está pensando en la Guerra
Civil , en la posguerra y en el franquismo, en definitiva, está pensando sólo
en los crímenes de un bando.
1º.
La Guerra Civil española la inició el Partido Socialista.
El
20 de diciembre de 1933, el portavoz socialista Indalencio Prieto Tuero
proclamó en el Congreso de los Diputados: “Decimos, Sr. Lerroux y Sres.
Diputados, desde aquí, al país entero, que públicamente contrae el partido
socialista el compromiso de desencadenar, en ese caso, la revolución”. Diario
de Sesiones de Cortes. Congreso de los Diputados, 20 de diciembre de 1933, p.
25.
2º.
El líder socialista Francisco Largo Caballero preparó minuciosamente el
enfrentamiento, en febrero de 1934 ya tenía elaboradas con el más mínimo
detalle las Instrucciones del Comité Nacional Revolucionario, y más de 24.000
socialistas preparados y armados en toda España, aunque a la hora de la verdad
y a excepción de Asturias no entrarían en combate ni el 20%: “Cada pueblo tiene
que hacerse a la idea de que tiene que ser un firme sostén de la insurrección.
En esta acción nos lo jugamos todo y debemos hallarnos dispuestos a vencer o
morir. Nadie espere triunfar en un día en un movimiento que tiene todos los
caracteres de una guerra civil”. Francisco Largo Caballero. Notas históricas de
la guerra en España. Madrid, 1985, pp. 92 a 102.
3º.
A las doce de la madrugada del 4 de octubre de 1934 Francisco Largo Caballero
da la orden de lanzar la Guerra Civil.
4º.
El Gobierno de la República respondió días después:
PRESIDENCIA
DEL CONSEJO DE MINISTROS
DECRETO
De
acuerdo con el Consejo de Ministros y a propuesta de su Presidente, Vengo en
decretar lo siguiente:
Artículo
1º. Con arreglo a lo prevenido por el artículo 52 de la Ley de 28 de Julio de
1933, se declara el Estado de Guerra en todo el territorio de la República
Española.
Dado
en Madrid a seis de octubre de mil novecientos treinta y cuatro.
NICETO
ALCALA-ZAMORA Y TORRES
El
Presidente del Consejo de Ministros,
ALEJANDRO
LERROUX GARCIA.
Gaceta
de Madrid: Diario Oficial de la República, 7 de octubre 1934. Núm. 280, p. 194.
Entre
los días 5 al 13 de octubre de 1934 se produce el comienzo del genocidio
religioso, y ya que el sujeto sin escrúpulos quiere acudir al pasado para
perseguir el genocidio, comience por buscar a los asesinos de unos jóvenes cuyo
único delito era el ser católicos:
Seminaristas
asesinados:
Jesús
Prieto López. Mariano Suárez Fernández. Ángel Cuartas Cristóbal. Gonzalo Zurro
Fanjul. José María Fernández Martínez. Juan José Castañón Fernández. Y el
desaparecido José Menéndez Menéndez.
Novicios
asesinados:
Baudilio
Alonso Tejero. Amadeo Andrés Celada.
Religiosos
asesinados:
Bernardo
Fábregas Julia. Juan Bautista Arconada Pérez. Hector Valdivielso Sáez. Manuel
Seco Gutiérrez. Ramón Martínez Fernández. Vicente Alonso Andrés. José Sanz
Tejedor. Vilfrido Fernández Zapico. Filomeno López López. Claudio Bernabé Cano.
Salustiano González Crespo.
Religiosos
sacerdotes asesinados:
Vicente
Pastor Vicente. Emilio Martínez Martínez. Manuel Canoura Arnau. Eufrasio
Barredo Arnau. Tomás Pallarés Ibáñez.
Sacerdotes
asesinados:
Manuel
Muñiz Lobato. Tomás Suero Covelles. Venancio Prada Morán. José María Morta
Soler. Constancio Villalba Díez. Graciniano González Blanco. Juan Puertas
Ramón. Aurelio Gago Fariñas. Joaquín del Valle y Villa. Lucio Fernández
Martínez. Román Cossio Gómez y Francisco Sanz Baztan.
Esos
son los primeros después vendrían cerca de 7.000 entre ellos casi 300 mujeres,
asesinadas por el simple hecho de ser monjas o novicias. En cuanto a los
seglares católicos asesinados se calcula que son unos 3.000.
Ya
que el sujeto sin escrúpulos quiere investigar los crímenes del pasado, le
recuerdo que hace unos dos años, le presentaron una lista de 982 asesinados en
el Frente Popular y por el Frente Popular; bien, esa lista actualmente y por el
momento pasan de los 1.100.
También
sería interesante que el sujeto sin escrúpulos investigara los más de 200
asesinados en las Brigadas Internacionales, le puedo facilitar el apellido de
73.
En
el año 2006 envié una carta pública al sujeto sin escrúpulos, para que
investigara los nombres de los cuerpos que el comunista José Castelo Pacheco
introdujo en el secreto horno crematorio de Alexander Orlov, el jefe soviético
del NKVD en el Frente Popular.
Además
de la corresponsabilidad de los asesinatos de los falangistas (cuando los
falangistas asesinaron por primera vez ya habían sido asesinados once de los
suyos entre militantes y simpatizantes, eso sin contar al joven que fue
asesinado en Valladolid porque sus asesinos creyeron que era falangista) como
secretario general de las Juventudes Socialistas; más sus corresponsabilidades
al comienzo de la Guerra Civil en octubre de 1934; más sus corresponsabilidades
en las matanzas de la cárcel Modelo; más los miles de traslados para su
posterior asesinato, el protegido del sujeto sin escrúpulos; es decir, Santiago
Carrillo Solares, ordenó en la posguerra junto con otros dirigentes del Partido
Comunista, el asesinato de maquis y antifascistas en Francia y en España. Se
calcula que en Francia fueron asesinados cerca de 200, puedo dar referencias de
35, varios de los asesinados fueron por orden directa de la dirección de PCE en
el exilio; es decir, corresponsabilidad de Santiago Carrillo Solares. Y para
memoria de ambos sujetos (de Santiago y Baltasar) que no su conciencia porque
no la tienen, voy a dar algunos de los nombres que se sabe que Santiago
Carrillo Solares ordenó asesinar: Enrique Cantos “Alberto Pérez Ayala”, Gabriel
León Trilla, Redención Querol, Victor García García “El Brasileño”, Llibert
Estartús Vilas, Manuel Díaz del Valle, Luis Evaristo González “Luisillo”,
Teófilo Fernández, Luis Montero Álvarez, José San José “Juanchu” y Miquel
Muntaner (Montané) Escales.
En
cuanto a los asesinados en España no existen cifras aproximativas, pero puedo
dar referencia de 160.
Como
curiosidad puedo decir, que algunos de los maquis y antifascistas asesinados en
la posguerra por los comunistas figuran como “Víctimas de la Guerra Civil y
Represaliados del Franquismo”, trabajo, como no, patrocinado por el Gobierno
socialista. También figura como víctima del franquismo uno de los que
participaron en el asesinato y corte de cabeza y de orejas (el certificado del
reconocimiento del cadáver y la fotografía así lo acreditan) del general
Eduardo López-Ochoa Portuondo, que al finalizar la Guerra fue detenido y
acusado de 20 asesinatos más y fusilado. Es de esperar que el Gobierno
socialista no rehabilite a ese asesino como ha hecho con otros, pero si lo hace
que no olvide invitar a la ceremonia de rehabilitación a la conocida doctora
Elena Fernández-Ferreiro López-Ochoa, que seguro se alegrará mucho.
Seamos
“capaces de actuar hacia atrás con la fuerza de la Justicia”, vamos a
desenterrar cadáveres y a buscar a sus asesinos, de acuerdo, pero desde el
principio de la Guerra Civil no desde la mitad, empecemos por lo primero, por
el genocidio de los religiosos, por la lista de los seminaristas y novicios
asesinados en octubre de 1934, y si quieren finalizamos con los asesinados por
el GAL, de cuyos asesinos e inductores el sujeto sin escrúpulos sabe bastante.
Sé
que todo esto y más a Baltasar Garzón Real le trae sin cuidado, porque él va a
los suyo, y es lo que es y no va a cambiar: un sujeto sin escrúpulos.
Ángel
Manuel González Fernández, agosto de 2010.
Adición:
“Tuvo
que pasar muchos años para que otro masón, el Juez Baltasar Garzón, se lo
hiciera saber”: De Pinochet a Gutiérrez, los errores de la Masonería. Quien
traiciona una vez traiciona muchas. Kintto Lucas: Voltairenet.org/, 9 de agosto de 2004.
Adición:
“GARZÓN
SE COLOCA POR ENCIMA DE LA LEY. Demanda ante el Tribunal de Estrasburgo.
Siguiendo
la máxima de que la mejor defensa es un buen ataque, Garzón ha presentado una
demanda en el Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo en la que sostiene
que el proceso que tramita el Supremo contra él por haber investigado los
crímenes del franquismo viola el principio de independencia judicial. Es un
argumento falaz porque Garzón está acusado de prevaricación por haberse saltado
la ley. En su soberbia no acepta que él tenga que responder ante los tribunales
porque él siempre se ha considerado por encima del ordenamiento vigente y con
capacidad para interpretarlo como quiera. Muchos ciudadanos han sido víctimas
de sus arbitrariedades. Ahora Garzón recurre a Estrasburgo, un tribunal que ha
emitido dos sentencias condenatorias por su falta de imparcialidad al procesar
a Rafael Vera y por su injustificable negativa a investigar un caso de
flagrantes torturas. Garzón quiere hacer ruido e internacionalizar las causas
que tiene pendientes en el Supremo”: El Mundo, 26 de marzo de 2011: e-pesimo.blogspot.com/.
Adición:
Dios
los cría y Satanás los junta: “Premian a Baltasar Garzón. Recibirá el premio de
Derechos Humanos de las Brigadas Internacionales el 14 de mayo en Nueva York,
informó un comunicado de los Archivos de la Brigada Abraham Lincoln”:
es-us.noticias.yahoo.com, 19 de abril de 2011.
Adición:
El
Confidencial Digital.com, 10 de junio de 2011: “La sanción que el Tribunal de
Derechos Humanos realizó contra nuestro país el pasado 9 de marzo, por no
investigar las presuntas torturas denunciadas por Aritz Beristain, detenido en
2002. Según el citado organismo, el Juzgado de Instrucción número 5 de la
Audiencia Nacional, entonces dirigido por el juez Garzón, incumplió el artículo
3 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, por lo que España tuvo que pagar,
hace cuatro meses, 23.000 euros”.
Idhc.org:
Asunto Berinstain Ukar contra España.
"DECISIÓN.
Estrasburgo 8 de marzo de 2011.
EN
DERECHO
26.
(...) el juez central de instrucción nº 5 de la Audiencia Nacional.
27.
(...) el juez central de instrucción de la Audiencia Nacional siguió siendo
pasivo ante las sevicias denunciadas por el demandante en su comparecencia.
(...) el juez de instrucción no tuvo en cuenta sus solicitudes.
31.
En conclusión, habida cuenta de la ausencia de una investigación profunda y
efectiva (...) el Tribunal considera que hay violación del artículo 3 del
Convenio bajo su aspecto procesal.
28
de marzo de 2011".
Adición:
El
más indignado entre los indignados: Baltasar Garzón Real.
Hace
unos días el sujeto sin escrúpulos volvió a dar otra lección de demagogia y
desvergüenza en su artículo que tituló “Indignadanos”, Público. es, 19 de junio
de 2011:
“Los
asamblearios acampados en la Puerta del Sol madrileña comenzaron pronto a ser
un estorbo para la “buena y normal” ciudadanía. Habían pasado las elecciones
del 22 de mayo y la presencia constante en las calles y plazas de las
principales ciudades era una molestia, cuando no una provocación”.
Indudablemente
que el lector habrá inferido que el sujeto vive bastante lejos de la Puerta del
Sol; pero todavía hay más, cuando el sujeto se desplaza lo hace en coche y bien
escoltado, y sólo admite vivas y piropos, y sí no, que el ciudadano se atenga a
las consecuencias. El Mundo, 21 de octubre de 2008: “Garzón se encara con una
pareja de transeúntes que le criticó. Un matrimonio tuvo un incidente con el
juez Baltasar Garzón el pasado viernes, según contaron testigos presenciales a
este periódico. Al parecer, el magistrado estaba en la calle de Jorge Juan (en
el barrio de Salamanca de Madrid) frente a una zapatería cuando un ciudadano
que iba con su mujer le echó en cara la apertura de una causa contra los dirigentes
del franquismo.
Según
los mismos testigos, el hombre le dijo en voz alta al juez: “Hay asuntos más
importantes en España. A ver si deja tranquilos a los muertos”. A lo que éste
respondió: “Yo hago lo que me da la gana”. El hombre, antes de entrar en la
zapatería, le espetó que él ejercía su “libertad de expresión”.
Poco
después de que el matrimonio entrara en la tienda, y según continuaron
relatando a este diario personas que se encontraban allí, tres policías de la
escolta del juez entraron en la tienda y pidieron a estos ciudadanos su
documentación y comenzaron a tomar sus datos.
Visiblemente
contrariado, el hombre exigió la documentación a los agentes. Ante la discusión
que se empezó a producir, el encargado de la tienda y varios clientes salieron
en defensa del matrimonio. Los policías, sin que los hechos llegaran a mayores,
comentaron en tono despectivo que estaban “acostumbrados a tratar con
terroristas”.
“Hoy
–continúa el sujeto- nuestra voz de indignadanos debe acompañar a todos/as
aquellos/as que, a riesgo de sus vidas y de la pérdida de otros derechos
fundamentales, se rebelaron a lo largo de la historia frente a los
acontecimientos más adversos y violentos como el absolutismo o el fascismo, sea
este franquista, nazi o mussoliniano; frente a dictaduras genocidas, sean estas
como las de Chile y Argentina o las modernas que masacran a miles de personas;
frente al terrorismo o la violencia de Estado”.
El
clásico y manido estilo verbal del burgués acomodado y forrado de dinero que
quiere ser reconocido como progresito de izquierdas. Del leninismo, trotskismo,
estalinismo o maoímo ni palabra, ni Cuba: faltaría más.
“Todos
debemos asumir que el mundo ha cambiado, que el siglo XXI ha revolucionado para
siempre los viejos mecanismos de participación política”.
Y
eso lo dice un sujeto que retuvo un sumario durante años con imputaciones
gravísimas, y lo hizo con tal de ir como número dos en las listas de un partido
que iba a salir ganador en las urnas, y donde le prometían que sería ministro y
algo más. Un sujeto que hace de todo para que le den el Nobel, al que está
postulado como lo estuvo en su día el socialista y también hermano como él Juan
Negrín López, el hombre de paz que machacó al POUM. (Su nieta decía hace poco
que habría que “machacar” al reciente y ya famoso Diccionario Biográfico
Español. Yo no creo, yo sé, que Franco era dictador, pero no era totalitario,
porque la Banca, el Capital y los dirigentes católicos al final, me refiero a
los obispos y los llamados obispos auxiliares, hicieron lo que quisieron y se
adaptaron pero que muy bien y muy bien les fue, y eso ningún totalitario lo
puede tolerar. Pero no por eso deseo que machaquen al Diccionario, simplemente
no lo voy a leer).
Un
sujeto que está tan indignado que descarga su indignación masacrando corzos,
ciervos y todo lo que se cruza en su camino, sea de pluma o de pelo, cuando hay
unas cosas que se llaman platos que los lanza una maquinita; pero claro, eso no
produce daño, no tiene gracia porque no hay derramamiento de sangre. Que se vaya
con sus amigotes los policías -esos que piden la documentación al cualquier
ciudadano que se le ocurra llamar al sujeto fondón- y en las galerías de tiro
dé rienda suelta a su indignación con las siluetas de cartón.
Está
indignado porque por ahora no ha podido hacerse la foto con la calavera de
Federico, me refiero a García Lorca.
Está
indignado porque el Tribunal Europeo de Derechos Humanos le ha puesto varias
cruces, porque un engreído que se dice jurista y no respeta el Convenio no
puede aspirar a ocupar un cargo de juzgador ni de limpiador –con todos los
respetos a los limpiadores, yo lo he sido- en ese Tribunal.
Está
indignado porque todavía no le han dado el Nobel: tranquilo, hay posibilidades,
se lo dieron al hermano Abraham ben Elazar, Henry para sus amigos.
Está
indignado contra el gran Capital y la Banca, por eso lo de “Querido Emilio”;
pero no un Emilio cualquiera: Emilio Botín.
Está
indignado porque la Real Academia todavía no le ha propuesto para un sillón por
su palabro “indignadanos”.
Entiendo
que por estos hechos que he expuestos y otros más que no he querido recordar el
sujeto tenga razones para estar indignado: indignado sí, pero un indignado de
lujo.
Adición:
El
gobierno socialista de “España subvenciona con un millón de euros al año a la agencia
de Colombia que ha contratado al juez Baltasar Garzón, que fue contratado hace
unos meses por la Misión de Apoyo al Proceso de Paz de la Organización de
Estados Americanos en Colombia”: El Confidencial Digital.com, 31 de julio de
2011.
Adición:
El
Confidencial.com, 25 de noviembre de 2011: “El juzgado de Instrucción número 3
de Pozuelo (Madrid) ha sobreseído la denuncia interpuesta por Rosario Molina,
esposa de Baltasar Garzón contra El Confidencial. Molina denunció a El
Confidencial a raíz de la noticia publicada por este diario el pasado 3 de
febrero, en la que informaba que la mujer de Garzón ingresó más de 300.000
euros en una cuenta corriente de la que ella era titular un mes después de que
el juez (Garzón) llegase a EEUU para una estancia académica de 15 meses en la
Universidad de Nueva York, que fue financiada con fondos procedentes de al
menos cinco grandes empresas españolas. La mujer de Garzón consideraba que este
diario publicó la información sobre el ingreso de más de 300.000 euros en una de
sus cuentas bancarias, “con evidente ánimo de revelar públicamente elementos
que corresponden a la esfera íntima de su privacidad”. Sin embargo, el titular
del Juzgado sostiene en su auto que el periodista y la editora actuaron “en
todo momento” guiados no por “un interés de lesionar la intimidad o
confidencialidad de la denunciante, sino de dar una información que era de
indudable interés público”. El juez añade en el auto: “El imputado afirma que
tales datos los obtuvo de una copia de un atestado o informe policial, por lo
que la conducta nunca podría tener encaje en un delito de revelación de
secretos”. Precisamente ayer el Tribunal Supremo reactivó la causa abierta
contra Garzón por prevaricación y cohecho a raíz de sus cursos en Nueva York.
Los peritos de la Guardia Civil descubrieron que el juez (Garzón) ocultaba una
segunda cuenta pese a que éste había asegurado que disponía de una sola cuenta,
a través de la cual, supuestamente, ingresó los pagos de la Universidad de
Nueva York”.
Adición:
Público.es,
1 de diciembre de 2011. Baltasar Garzón Real: “El franquismo en España todavía
está vivo”.
La
parcialidad y la desmemoria de este sujeto no tiene límites porque lo que no
dice, es que lo verdaderamente vivo es el socialismo que ha copado el Poder
varias veces, y el comunismo, que cuenta con el apoyo de más del 7% de la
población. Y le recuerdo a este sujeto sin escrúpulos y sin memoria para lo que
quiere, que sus amigos los socialistas que han llegado varias veces al Poder y
él con ellos, fueron los que prepararon y lanzaron la Guerra Civil, y esto no
es una tesis o una opinión sino que hay pruebas: las que aporta el Gobierno de
la República declarando “el Estado de Guerra”, y los documentos y memorias del
socialista que preparó y lanzó la Guerra Civil, Francisco Largo Caballero. Así
pues, si quiere acabar con el franquismo, comience primero por acabar con los
herederos responsables que prepararon y lanzaron la Guerra Civil y que ahora se
hacen pasar por las víctimas. Ya se lo he dicho y se lo volveré a repetir:
comience por el genocidio religioso, por los asesinatos de los novicios,
frailes y sacerdotes en 1934.
Adición:
El
Mundo, 12 de enero de 2012, en "e-pesimo.blogspot.com": "El Juez
Garzón vio ayer frenadas en seco sus últimas maniobras para intentar bloquear
el juicio contra él por pinchar los teléfonos de los abogados defensores en el
caso Gürtel. ("Garzón es acusado de supuestos delitos de prevaricación y
contra las garantías constitucionales al haber ordenado escuchas ilegales a los
abogados defensores del caso Gürtel": El Mundo.es, 11 de enero de 2012).
Garzón, que se hartó de decir que quería que le juzgasen cuanto antes para así
defenderse no ha parado de hacer filibusterismo para evitar el banquillo".
Adición:
Hoy
17 de enero de 2012 comienza el primero de los juicios contra Baltasar Garzón
Real acusado de prevaricación y contra el que se piden 17 años de
inhabilitación como juez.
Pero
al margen de cuál sea el veredicto de los tres juicios, Baltasar Garzón Real
por su manifiesta parcialidad quedó ética y moralmente inhabilitado hace tiempo
para interpretar, juzgar y dictar justicia.
1º.
Este sujeto abandonó su puesto de juez para pasarse a la política como número
dos de un partido que gobernaba España y que iba a seguir gobernando España.
2º.
Este sujeto al no darle el partido lo que le había prometido retornó a su
puesto de juez, y lo primero que hizo y por venganza fue arremeter
judicialmente contra el que había sido su partido.
3º.
Este sujeto que se declaró partidista y de "izquierdas", su pública y
manifiesta parcialidad, no debería poder juzgar ni sentenciar a ciudadanos que
se declaren de izquierdas ni a ciudadanos que se declaren de derechas.
Que
no se trata de "la última víctima del franquismo", que todo esto es
muy fácil de entender, que este sujeto no era un funcionario que estaba detrás
de un mostrador facilitando impresos o dando información y que luego se pasó a
la política y que después retornó al mostrador; sino que este sujeto sin
escrúpulos juzgaba y dictaba sentencias desde un tribunal, que se pasó a la
política y que después volvió a juzgar y sentenciar.
Pero
en definitiva, el problema no es el de ese sujeto sin escrúpulos sino el de las
injustas leyes que lo permiten. Unas leyes que permiten que un funcionario, un
servidor público cuyo sueldo lo pagan todos los ciudadanos, pueda abandonar su
puesto para tomar partido e incluso insultar a la mitad de los ciudadanos, y
que después de enfrentarse e incluso insultar a la mitad de los ciudadanos
retorne a su puesto como si nada, para que todos, insultados o no le sigan
soportando y pagando su sueldo.
Adición:
La
Razón.es, 24 de enero de 2012: El gobierno socialista de Rodríguez el necrófilo
"repartió más de 6 millones entre asociaciones "pro Garzón".
Incluso han creado una página web en la que exponen sus argumentos, muestran
sus adhesiones, publican un calendario de protestas y, además, piden fondos
para la causa".
Adición:
El
País.com, 5 de febrero de 2012: "El 'New York Times': "Procesar a
Garzón es una ofensa a la justicia y a la historia".
The
New York Times es una ofensa al periodismo, a la justicia y a la historia.
Ustedes que no han escrito nada sobre la verdad del 11-S, y ustedes cuyos
dirigentes de su nación tienen la marca mundial de haber eliminado a más seres humanos
por segundo, carecen de la más mínima autoridad ética y moral para escribir
sobre la justicia y la historia. Ustedes son unos cínicos y unos hipócritas, a
este sujeto sin escrúpulos que tanto defienden, no le habrían tolerado en los
Estados Unidos ni el 1% de lo que ha hecho y deshecho en España, y hasta un
tribunal popular compuesto por suscriptores de su periódico le habrían
condenado.
Adición:
Ayer
8 de febrero de 2012, Baltasar Garzón Real afirmó al finalizar su declaración
como acusado de prevaricación: "tengo la conciencia tranquila".
Miren
ustedes, este sujeto dejó de tener conciencia y escrúpulos cuando hace años
instruyó un sumario "que era una bomba de relojería en los cimientos del
PSOE..."; pero como pueden comprobar los lectores al principio del tema,
quien mejor lo relata es el socialista y ex fiscal general del Estado Eligio
Hernández Gutiérrez.
Un
recordatorio a los argentinos de buena voluntad. Joaquín Martínez Hungría era
un anarquista de 18 años nacido en Tucumán que el 4 de mayo de 1937 fue
detenido en Barcelona por comunistas catalanes, y después su cadáver aparecería
en la cuneta de una carretera "con heridas por todo el cuerpo y los
testículos mutilados". También les recuerdo que a la llamada de Stalin
cerca de 2.000 ingleses fueron a España a luchar contra los españoles que no
eran comunistas, denuncien qué fue de ellos que seguro los habitantes de las
Malvinas se lo agradecerán.
Adición:
Tribunal
Supremo. Sala de lo Penal. SENTENCIA Nº: 79/2012.
II
FUNDAMENTOS DE DERECHO
SÉPTIMO.
3: "En la STEDH de 5 de octubre de 2006, caso Viola contra Italia, se
decía que "...el derecho, para el acusado, de comunicar con su abogado sin
ser oído por terceras personas figura entre las exigencia elementales del
proceso equitativo en una sociedad democrática y deriva del artículo 6.3 c) del
Convenio". El TEDH ha señalado en este sentido que la injerencia existe
desde la interceptación de las comunicaciones, sin que importe la posterior
utilización de las grabaciones (STEDH Kopp contra Suiza, 25 de marzo de 1998).
DÉCIMO
PRIMERO. 4: No se trata de un acceso accidental al contenido de las
comunicaciones mantenidas con el letrado de la defensa, sino de una orden
judicial concreta y específica, directamente encaminada a intervenir esas
precisas comunicaciones, que a falta de otros datos versarían sobre la forma en
que sería ejercido el derecho de defensa.
DÉCIMO
TERCERO. 1: La inclusión de la cláusula previniendo
el derecho de defensa en ambas resoluciones revela que el acusado
era consciente de que su decisión afectaba al derecho de defensa.
III
FALLO: Debemos condenar y condenamos al acusado Baltasar Garzón Real como autor
responsable de un delito de prevaricación (...) a once años de inhabilitación.
Madrid, a nueve de Febrero de dos mil doce": Documento textual de la
sentencia en El Mundo.es, 9 de febrero de 2012.
Adición:
Hoy
13 de febrero de 2012 “la Sala de lo Penal del Supremo ha decidido archivar,
por prescripción, la causa abierta a Baltasar Garzón por supuesto delito de
cohecho impropio consistente en haber solicitado y recibido un millón de
dólares de grandes empresas y bancos españoles –varios de ellos con causas
abiertas en su Juzgado- para financiar seminarios y conferencias del ex juez en
la Universidad de Nueva York”: El Mundo.es, 13 de febrero de 2012.
Este
sujeto sin escrúpulos se dedicaba desde su despacho de juez a mandar cartas con
membrete oficial a grandes empresas españolas pidiendo cierta cantidad de
dinero; es decir, no les mandaba la cabeza cortada de un caballo, sino una carta
con membrete oficial, también era una oferta que no podían o no debían
rechazar: ¡muy bien Padrino!
Una
muestra de esas cartas es la que dirige al gran jefe del Banco Santander el
marqués de O´Shea, o sea Emilio Botín:
“Querido
Emilio,
Como
continuación de nuestra conversación de Navidades, te mando la propuesta de Seminario sobre Derechos
Humanos y Seguridad Jurídica en Iberoamérica, que se celebrará si
disponemos de financiación suficiente entre Nueva York y Madrid. Creo que es
una propuesta bastante completa que someto a tu consideración.
En
todo caso te doy las gracias por el apoyo que estáis dando al King Juan Carlos
I of Spain Center de New York University y los programas propuestos.
Te
adjunto la propuesta y el presupuesto.
Un
abrazo”: El Mundo.es, 17 de diciembre de 2009.
El
Consejo del Poder Judicial le concedió una singular licencia de estudios que
duró desde marzo de 2005 a junio de 2006, y cuando se reincorporó nuevamente
como juez de la Audiencia, no admitió a trámite una querella contra su
patrocinador Emilio Botín en un Auto de 27 de noviembre de 2006 donde archivaba
la querella.
"Tribunal
Supremo. Sala de lo Penal. Auto. Causa Especial nº: 20339/2009. Madrid, a trece
de Febrero de dos mil doce.
II.
RAZONAMIENTOS JURÍDICOS
1
a) Es cierto que D. Baltasar Garzón no se abstuvo del conocimiento de aquella
querella. Ese hecho tiene un significado jurídico incuestionable. Es la mejor
muestra de que el deber de abstenerse que le incumbía fue conscientemente
infligido en gratitud por la generosa respuesta que el BSCH había realizado a
su petición de ayuda económica. En cuando el imputado, debiendo abstenerse del
conocimiento de esa querella, consideró oportuno ocultar al Fiscal y a las
partes la concurrencia de una causa que podría perturbar su imparcialidad,
estaba demostrando que el deber de agradecimiento ganado por la dádiva
interfería ya en el ejercicio íntegro de su función jurisdiccional.
b)
En efecto, de lo investigado ha quedado suficientemente acreditado –siempre en
el plano indiciario- que el dinero entregado a petición del querellado e
ingresado en las cuentas en la Universidad de Nueva York, lo fue en
consideración al cargo jurisdiccional de D. Baltasar Garzón.
c)
No puede afirmarse la concurrencia de un delito de extorsión, una “coerción-intimidación”
ejercida por D. Baltasar Garzón, en su condición de Juez Central de
instrucción.
Es
evidente que la utilización de un sobre con membrete oficial por (…) D.
Baltasar Garzón (…). Ese sobre habla por sí solo de quién pedía el dinero y en
atención a quién se concedían los fondos. Pero no basta con esa censurable
estrategia de persuasión para afirmar que el pago efectuado por ENDESA fue
efectuado bajo intimidación.
El
dinero fue entregado en atención al cargo del querellado, pero no como respuesta
a una acción intimidatoria.
3.
El querellado contactó con responsables de distintas empresas españolas
reclamando ayuda económica para la celebración de cursos en los que él aparecía
como director. Todas tenían en común –BSCH, BBVA, TELEFÓNICA y CEPSA- el haber
sido objeto de investigación por hechos imputados a sus directivos en el propio
juzgado del que era titular el acusado (…) llegando a solicitar a todas ellas
un total de 2.595.375 dólares. Mediante esas gestiones D. Baltasar Garzón
obtuvo para la Universidad que le abonaba sus honorarios, que pagaba a su
asistenta personal, que cubría los gastos de escolarización de su hija [su hija
María con motivo de la reciente condena, afirmó que iba a brindar todas las
noches con champán por la inocencia de su padre; ahora se entiende maja:
Querido Emilio, querida María] y que, además, ponía a su disposición una
elevada retribución en especie, la cantidad definitiva de 1.237.000 dólares.
Todas las empresas que fueron requeridas rebajaron la cuantía reclamada, algunas,
por el carácter injustificado de los presupuestos, otras por falta de seriedad
en la descripción de los proyectos de convenio.
D.
Baltasar Garzón no tiene el deber jurídico de decir la verdad, pues está
amparado por el derecho constitucional a no confesarse culpable. En cuanto a
los testigos, todo sugiere que la afirmación por su parte de que el dinero
había sido entregado en atención al cargo de quien se lo solicitaba o para la
consecución de algún acto justo o injusto, habría acarreado unas consecuencias
jurídicas inmediatas y, con toda seguridad, un desenlace bien distinto al que
va a tener el presente procedimiento.
III.
PARTE DISPOSITIVA
DISPONGO:
Se acuerda el archivo por prescripción de los hechos imputados a D. Baltasar
Garzón".
Este
sujeto sin escrúpulos está propuesto para el Nobel de la Paz y cuenta con
posibilidades de que se lo concedan: ¿No se lo han concedido a sujetos con las
manos manchadas de sangre? ¿No se lo han concedido a un millonario mentiroso?
¿No se lo han concedido recientemente a un sujeto que se ha metido en guerras y
ha seguido conservando cárceles secretas (Kosovo) y menos secretas
(Guantánamo)? ¿Por qué no se lo van a conceder a un sujeto sin escrúpulos
condenado por prevaricación? (Espero que aunque es una sentencia recurrible
ante el Tribunal Constitucional el hermano haya sido ya irradiado, porque si
acude después al Tribunal Europeo de Derechos Humanos allí no se andan con
muchas tonterías y el sujeto sin escrúpulos ya tenía antecedentes).
Adición:
La
´mordida´ de Garzón debe ser recordada, titular de El Mundo, 14 de febrero de 2012, en
"e-pesimo.blogspot.com". Y en la portada: "Entre 2005 a 2006, el
Centro Rey Juan Carlos de la Universidad de Nueva York recibió una donación de
327.000 dólares que el entonces juez Baltasar Garzón solicitó al presidente del
Banco Santander ("Querido Emilio"). 15 de diciembre de 2005 mesa y
mantel en una cena animada por 27 botellas de vino que se repartieron entre 25
asistentes. La factura de esa cena -4.575 dólares- consta entre la documentación
enviada al Supremo por el Centro Rey Juan Carlos para justificar el
"generoso patrocinio del Banco Santander, por el que estaremos siempre muy
agradecidos".
Adición:
El
obeso sujeto sin escrúpulos bailando al compás de la Masonería argentina. José
Díaz Herrera es el periodista y escritor que mejor conoce al sujeto sin
escrúpulos: Garzón,
su justicia no era
de este mundo, en "josediazherrera.blogspot.com", 14 de
febrero de 2012.
Adición:
14
de febrero de 2012. José Díaz Herrera, periodista y escritor autor de Garzón: juez o parte. Madrid, 2005,
josediazherrera.blogspot.com: "El descaro y la desfachatez del instructor
fue de tal calibre que hasta Silvio Berlusconi, al que llevaba persiguiendo en
su juzgado desde hacía casi una década, acabó enterándose. Y para saldar las
cuentas con el juez [ordenó a] una de sus editoriales, que le encargara un
libro (Un mundo sin miedo) y le pagara 50 millones de las antiguas pesetas
[300.000 euros]. A partir de ese día, el sumario sobre Il Cavaliere comenzó a
dormir el sueño de los justos y de la justicia universal de Baltasar Garzón
nunca más se supo".
Adición:
La
Razón.es, 16 de febrero de 2012: "Los colegios de abogados de Ecuador
pedirán el procesamiento de Garzón. Así se desprende de las palabras del
portavoz de la Federación de Abogados de este país (FNAE), Pedro Javier Granja,
quien ya ha advertido de que solicitarán el procesamiento de Garzón como
"cómplice de malversación de fondos estatales, (...) está cobrando por un
trabajo que no realiza". Una decisión que llega después de que hace dos
semanas este organismo, que agrupa a los colegios de abogados de todo el país,
le declarara "persona non grata" por unanimidad. La historia comienza
cuando el Ejecutivo de Rafael Correa contrata al juez estrella del momento para
que supervise la reforma de la judicatura. Un asesoramiento por el que Garzón
recibirá más de 50.000 euros y que no tendría nada de inusual de no ser, según
explica Granja, por el hecho de que "Garzón no hace nada. Vino dos veces a
Quito y siempre en fines de semana".
Adición:
"Baltasar Garzón es un
delincuente". Noticias Caracol.com, 15 de febrero de 2012.
Declaración a Caracol Radio de Colombia de Alejandro Ordóñez Maldonado,
Procurador General de Colombia: "Estamos frente a una apología de la
ilegalidad, por decir menos. El juez Garzón es un delincuente, prevaricador,
que ha victimizado a ciudadanos españoles desconociendo derechos fundamentales,
fundamentalmente el derecho a la intimidad". Alejandro Ordóñez reiteró su
rechazo a que Garzón se mantenga como asesor de la Misión de Apoyo al Proceso
de Paz-OEA, tras la sentencia que emitió la justicia española contra él.
"Me he opuesto desde un comienzo a la presencia del juez Baltasar Garzón,
pero por razones estrictamente de conveniencia, éticas y de credibilidad",
enfatizó Ordóñez, y recordó que ya en el pasado le había advertido al
Presidente Santos y a la Ministra de Relaciones Exteriores, María Ángela
Holguín".
Adición:
A
LA CAZA DEL NOBEL DE LA PAZ... "COMO SEA"
El
Mundo.es, 20 de febrero de 2012: "Hoy el Consejo General del Poder
Judicial le ha expulsado de la carrera judicial. Garzón se refiere a su futuro
en una entrevista que ha publicado el diario 'Listín Diario', de la República
Dominicana. Asegura que seguirá trabajando a favor de la justicia aunque
"desde otro punto de vista no estrictamente jurisdiccional (...) para dar
una protección mayor a los ciudadanos y ciudadanas. (..) labores educativas
para transmitir esta educación en valores a las generaciones más jóvenes. (...)
es fundamental que los jóvenes y niños tengan puntos de referencia éticos que
seguir (...). A esa tarea fácil es a la que me voy a dedicar".
Este
sujeto sin escrúpulos sólo busca un titular: España
condenó injustamente al Nobel de la Paz.
Adición:
El
Mundo.es, 20 de febrero de 2012: "Más
de 80 ONG denuncian la 'criminalización' de Garzón. En la misiva,
las ONG denuncian se ha vulnerado el Convenio Europeo de Derechos
Humanos".
Estas
ONG no han leído la Sentencia donde la mayoría de la jurisprudencia que se cita
es precisamente del TEDH. Cualquier persona que sepa leer les puede asegurar,
que si el sujeto sin escrúpulos tiene la poca inteligencia de llevar su demanda
a Estrasburgo -donde ya tiene dos avisos- la DECISIÓN le será más desfavorable
que la sentencia condenatoria del Tribunal Supremo de España.
Adición:
Europa
Press.es, 23 de febrero de 2012: "El Consejo General del Poder Judicial ha
ratificado por unanimidad de sus 20 vocales [más un vocal elegido por el
Partido Socialista que se ausentó], la expulsión formal de Baltasar Garzón en
cumplimiento de la sentencia del Tribunal Supremo que le ha inhabilitado por 11
años. La portavoz del CGPJ, Gabriela Bravo ha apuntado que "todos estamos
sometidos al imperio de la Ley". Bravo ha insistido que el juicio al que
fue sometido Garzón se celebró "con todas las garantías" y que el
Consejo del Poder Judicial ha cumplido con su obligación al ejecutar la
sentencia".
Adición:
El
Mundo.es, 23 de febrero de 2012: "El
Gobierno vasco trata de conseguir apoyos para premiar a Baltasar Garzón".
Europa
Press.es, 23 de febrero de 2012: "El parlamentario de Eusko Alkartasuna
[Solidaridad Vasca], Juanjo Agirrezabala, ha acusado al Gobierno vasco de
intentar "amañar" la candidatura de Baltasar Garzón al Premio René
Cassin de Derechos Humanos, así como de "insultar a todas las
víctimas" del ex magistrado. "Si el Gobierno quiere premiar a Garzón,
que lo haga por decreto, que sea claro y vaya de frente, sin recurrir al
engaño", ha concluido".
Adición:
El
Mundo.es, 27 de febrero de 2012: "La Sala Penal del Supremo ha acordado
absolver al ex juez Baltasar Garzón del delito de prevaricación por iniciar,
sin competencia legal, unas diligencias sobre personas desaparecidas durante el
franquismo.
Fuentes
del tribunal han señalado que el fallo no
es unánime (seis a uno), ya que algunos de los siete miembros del
tribunal consideran que Garzón sí incurrió en una patente transgresión del
derecho al iniciar ese procedimiento, criterio que se plasma en voto
particular".
Como
el sujeto sin escrúpulos ya había sido condenado por prevaricación a 11 años de
inhabilitación, el resto de las sentencias que se han dado en los juicios que
tenía pendientes han sido, como era de esperar, simples chapuzas jurídicas para
finalizar de una vez con el asunto.
Adición.
"Tribunal
Supremo. Sala de lo Penal. Sentencia Nº: 101/2012. En Madrid, a veintisiete de
Febrero de dos mil doce.
II
FUNDAMENTOS DE DERECHO
SÉPTIMO.
3º. El magistrado acusado se ha apoyado en fuentes de interpretación de nuestro
ordenamiento, si bien ha obviado que la fuerza expansiva de la cultura de
protección de los derechos humanos, que es vinculante en nuestra
interpretación, ha de ajustarse a las exigencias del principio de legalidad, en
los términos que aparece diseñado en el art. 9.3 de la Constitución (...).
En
consecuencia la actuación jurisdiccional del magistrado acusado, aunque haya
incurrido en exceso en la aplicación e interpretación de las normas, que han
sido oportunamente corregidas en vía jurisdiccional, no alcanzan la injusticia
de la resolución que requiere el tipo de prevaricación y no merece reproche de
arbitrariedad exigido en la tipicidad del delito de prevaricación objeto de la
acusación.
II.
FALLO
FALLAMOS:
QUE DEBEMOS ABSOLVER Y ABSOLVEMOS al acusado D. Baltasar Garzón Real, del
delito de prevaricación del que venía siendo acusado (...).
VOTO
PARTICULAR QUE FORMULA (el magistrado) José Manuel Maza Martín A LA SENTENCIA
Desde
el profundo respeto que me merece la posición mayoritaria de mis compañeros de
Sala en la presente Resolución, he de discrepar, no obstante, de la norma por
considerar que efectivamente nos hallamos ante un delito de prevaricación
judicial dolosa, del art. 446 3º CP, toda vez que el Magistrado acusado, con
pleno conocimiento de la contradicción de sus Resoluciones con el ordenamiento
jurídico español, que estaba obligado a aplicar y respetar, comenzó asumiendo
competencia que no le correspondía para incoar un procedimiento penal inviable,
instrumentalizándolo al servicio de sus propias intenciones subjetivas, contra
personas ya fallecidas y por delitos que habían sido objeto de amnistía o que,
en todo caso, se encontraban ya claramente prescritos, lo que en definitiva
supuso un abuso de sus facultades jurisdiccionales, imponiendo su voluntad y la
búsqueda de intenciones propias sobre el mandato explicito de la norma.
Mi
discrepancia del criterio de la mayoría, por tanto, se establece con base en
las siguientes razones:
6)
Así mismo, con anterioridad, el mismo magistrado querellado, en fecha 16 de
diciembre de 1998 (...), dictó auto en el que rechazó la admisión a trámite de
una querella interpuesta por la Asociación de familiares y amigos de víctimas
del genocidio de Paracuellos del Jarama contra D. Santiago Carrillo Solares, el
Partido Socialista Obrero Español, el Partido Comunista, el Estado Español y la
Comunidad Autónoma de Madrid. Argumentaba, entre otras consideraciones, sobre
la aplicación a los tipos penales objeto de la querella, de la aplicación del
instituto de la prescripción y de la amnistía de 1.977 a los hechos
denunciados.
La
finalidad o "buena intención" del Juez que dicta Resoluciones no
acordes con la norma que tiene la obligación de aplicar, obviamente no sirven
para justificar su conducta (...).
¿Es
que a partir de ahora el Juez español puede desobedecer las leyes patrias, las
dictadas por nuestro Parlamento soberano, porque encuentre criterios u
opiniones ajenos a nuestro Derecho que coincidan con su particular modo de ver
las cosas?
El
Juez que, con plena conciencia de ello, impone su propio deseo de voluntad, por
bienintencionada que su finalidad fuere, sobre la vigencia del Derecho no sólo
incumple los deberes de su función sino que comete un acto verdaderamente
subversivo contra los principios básicos del Estado de Derecho y del reparto de
Poderes propio del sistema Democrático, haciendo un mal uso de la independencia
de que goza e incurriendo por ello en un delito de prevaricación.
Pocas
veces se habrá visto un ejemplo más claro de lo que es una prevaricación
judicial, cuando el Juez elige aquellos criterios que se compadecen con su
voluntad, independientemente de su origen, razón o eficacia, para justificar
con ellos el incumplimiento del mandato de la norma que verdaderamente le
vincula.
Deseando
dejar constancia, además, de mi honda preocupación por el precedente que esta
Resolución pudiere llegar a representar en relación con el tratamiento del
delito de prevaricación judicial, de modo que, a partir de ahora, en el futuro
los Jueces pueden sostener su apartamiento de las normas imperativas de nuestro
ordenamiento alegando la bondad de sus fines o intenciones subjetivas junto a
la existencia de opiniones jurídicas, meramente doctrinales o sin efecto de
vinculación alguna para nuestros tribunales, en el dictado de Resoluciones que
contravengan de manera clara y flagrante incluso los principios más básicos de
nuestro Sistema penal o del resto del ordenamiento jurídico.
Fdo.
José Manuel Maza Martín": Documento textual de la sentencia en Libertad
Digital.com, 27 de febrero de 2012.
FIN
DEL TEMA DEL SUJETO SIN ESCRÚPULOS
Creo
que las sentencias han sido claras:
1ª.
El sujeto sin escrúpulos ordenó ilegalmente grabar las conversaciones entre
abogados y clientes o presuntos delincuentes cargándose el derecho de defensa:
fue condenado a 11 años de inhabilitación por prevaricación.
2ª.
El sujeto sin escrúpulos desde su despacho de magistrado, mandaba cartas con su
membrete a las empresas más acreditadas de España pidiendo dinero para sus
cursillos y conferencias en el extranjero, que también incluía sus comilonas y
los estudios de su hija, "oferta" claro está que las empresas no
debían rechazar: pero como ya había sido condenado a 11 años de inhabilitación
por prevaricador, qué casualidad, el Padrino se libró de ser nuevamente
condenado por prevaricación porque su causa por 25 días había prescrito.
3ª.
El sujeto sin escrúpulos hizo y deshizo las leyes a su antojo. Qué venían unos
familiares víctimas del Frente Popular, pues el sujeto sin escrúpulos les
amenazaba con el imperio de la Ley. Qué venían unos familiares víctimas del
franquismo, pues se ponía a rebuscar para dar con la calavera del poeta
Federico García Lorca, para hacerse la foto: pero como ya había sido condenado
a 11 años de inhabilitación por prevaricador, qué casualidad, todos los
magistrados menos uno le rieron la gracia.
Con
estas tres sentencias cierro el tema y desde este momento, me es indiferente si
a este sujeto sin escrúpulos le dan el Grado 33, o el Nobel de la Paz o el
Anticristo le hace hijo adoptivo; eso sí, si el sujeto sin escrúpulos y
prevaricador vuelve a ser nombrado magistrado volveremos al tema.
Ángel
Manuel González Fernández, 27 de febrero de 2012.
Adición.
25 de febrero de 2014.
El Tribunal Supremo
por unanimidad desestima la petición de indulto para el sujeto sin escrúpulos y
delincuente: http://estaticos.elmundo.es/documentos/2014/02/25/informe_indulto_garzon.pdf
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